Suprema Corte asegura su apoyo al etiquetado frontal de alimentos
La SCJN (Suprema Corte de Justicia de la Nación) ha rechazado nuevamente un amparo presentado por cuatro empresas de alimentos que buscaban eliminar el etiquetado frontal de advertencia nutrimental.
En una sesión realizada este lunes, los ministros avalaron el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien consideró que los argumentos presentados por las empresas Herdez, S.A. de C.V., Alimentos del Fuerte, S.A. de C.V., McCormick de México, S.A. de C.V., y Nutrisa, S.A. de C.V., eran infundados e inoperantes.
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Las empresas alegaban que la leyenda frontal «contiene edulcorantes, no recomendable en niños» afectaba a su derecho al honor, la reputación e imagen, ya que los consumidores podrían interpretarlo como una ‘difamación’ de sus productos.
Además, cuestionaron la falta de fundamentos científicos para señalar que el consumo de edulcorantes no es recomendable en niños.
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La resolución de la SCJN rechaza estos argumentos y reitera que el etiquetado frontal es una herramienta fundamental para proteger la salud de los consumidores, especialmente de los niños. «El etiquetado frontal nutrimental es una herramienta de información para procurar una correcta alimentación», señala el documento.
La Corte considera que la información clara y visible sobre el contenido de azúcares, grasas saturadas, sodio y calorías en los alimentos es esencial para que las personas puedan tomar decisiones informadas sobre su consumo.

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