Reparto de utilidades: excepciones y requisitos para recibir el PTU en 2024
El reparto de utilidades (PTU) es un derecho fundamental consagrado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) de México, que otorga a los trabajadores la posibilidad de participar en las ganancias generadas por la empresa durante el ejercicio fiscal anterior. Sin embargo, existen ciertas excepciones a esta disposición y requisitos específicos que deben cumplirse para ser acreedor a este beneficio.
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¿Para quienes no aplican?
De acuerdo con la LFT y las disposiciones emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el reparto de utilidades no aplica para los siguientes grupos de trabajadores:
- Trabajadores domésticos: Aquellos que prestan servicios en el hogar o establecimiento particular del patrón, sin tener una relación laboral subordinada.
- Directores, gerentes y administradores generales: Considerados como parte de la alta dirección de la empresa y no como trabajadores en general.
- Profesionistas, artesanos y técnicos que presten servicios por honorarios: Cuando no exista una relación laboral subordinada con el patrón, es decir, cuando se trate de prestadores de servicios independientes.
- Empresas de nueva creación en su primer año de operaciones: Exentas del pago de PTU durante su primer año de funcionamiento.
- IMSS e instituciones públicas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia: Debido a su naturaleza jurídica y objetivos sociales, no están sujetas al reparto de utilidades.
- Empresas con capital menor al fijado por la STPS por ramas de la industria: Cada rama de actividad económica tiene un monto mínimo de capital que las empresas deben tener para estar obligadas al pago de PTU.
- Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro: Aquellas que realizan actividades humanitarias o de asistencia social sin perseguir fines de lucro, y que no designan individualmente a sus beneficiarios.
¿Por qué no reciben utilidades? Las razones por las que estos grupos no reciben PTU varían en cada caso:
- Falta de relación laboral subordinada: En el caso de trabajadores domésticos, profesionistas por honorarios y otros casos similares, no existe un vínculo laboral directo con la empresa, por lo que no se les considera sujetos de este derecho.
- Naturaleza jurídica y objetivos: El IMSS, instituciones públicas y asistenciales privadas sin fines de lucro, por su naturaleza jurídica y los objetivos que persiguen, no están contemplados dentro del ámbito de aplicación de la LFT en materia de reparto de utilidades.
- Exenciones específicas: Las empresas de nueva creación y aquellas con capital inferior al mínimo establecido, gozan de exenciones temporales o permanentes del pago de PTU, según sea el caso.
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Aspectos relevantes a considerar:
- Antigüedad laboral: Para tener derecho al PTU, los trabajadores deben haber laborado al menos 60 días durante el año fiscal correspondiente.
- Utilidades netas de la empresa: La empresa debe haber generado utilidades netas durante el ejercicio fiscal para estar obligada al reparto.
- Cálculo del PTU: La cantidad que corresponde a cada trabajador se calcula en función de los días trabajados y el salario devengado durante el año.
- Fecha límite de pago: El pago de utilidades debe realizarse a más tardar el 30 de mayo para las empresas de persona moral y el 29 de junio para las de persona física.
- Reclamación en caso de incumplimiento: Si el trabajador no recibe su PTU o este no se le paga en su totalidad, tiene un año para reclamarlo ante las autoridades laborales.
El reparto de utilidades es un derecho fundamental de los trabajadores en México, sin embargo, existen excepciones y requisitos específicos que deben cumplirse para ser acreedor a este beneficio. Es importante que los trabajadores conozcan sus derechos y obligaciones en materia de PTU para poder exigir su cumplimiento en caso de ser necesario.
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