La implementación de la primera reforma educativa liberal en México
La educación fue un tema importante para los gobernantes mexicanos del siglo XIX, como sucede en la actualidad. Entre 1823 y 1832, se impulsaron diversos proyectos para crear un sistema de instrucción pública, aunque no se concretaron. Sin embargo, en entidades con una fuerte orientación federalista, como Chihuahua, Jalisco, Oaxaca, Estado de México y Zacatecas, se crearon institutos literarios que contribuyeron a la formación del sistema educativo a nivel estatal. Estos institutos no eran entidades aisladas, sino parte de un sistema educativo con planes que contemplaban la gratuidad y la uniformidad de la enseñanza, así como la creación de direcciones generales de estudios.
Mientras esto sucedía en las entidades federativas, en la capital del país, la educación continuaba sin grandes cambios, ya que se mantenían los mismos programas y normas. No fue sino hasta finales de 1833, con la promulgación de decretos en octubre de ese año, que se intentó una reforma educativa en el Distrito Federal y sus territorios. Esta reforma fue más efectiva que los intentos previos y pudo ponerse en práctica, aunque de manera limitada a la Ciudad de México.
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La historiografía del siglo XIX ha dedicado estudios a esta reforma. Enfocándose en su contenido ideológico y político, especialmente en su impacto en la Universidad Nacional y Pontificia de México. Sin embargo, la atención hacia los seis establecimientos creados a partir de esta reforma ha sido mínima. El trabajo de Cristian Rosas ha sido relevante al estudiar tres de estos establecimientos: Ciencias Médicas, Ciencias Físicas y Matemáticas, y Ciencias Eclesiásticas, analizando aspectos como los profesores, alumnos, cátedras y finanzas de estas instituciones.
El presente estudio busca analizar el Establecimiento de Jurisprudencia, uno de los seis creados, y compararlo con los demás establecimientos. El objetivo es entender las transformaciones que generaron los reformadores de 1833 y cómo se aplicaron. En este contexto, el texto se divide en secciones que exploran las propuestas educativas previas, los decretos de 1833, y el funcionamiento del Establecimiento de Jurisprudencia. Incluyendo su inauguración, enseñanza, cátedras, alumnos y aspectos financieros.
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Las fuentes documentales sobre el Establecimiento de Jurisprudencia son limitadas, en comparación con otras instituciones estudiadas. Para obtener información, se recurrió a documentos como las memorias de los secretarios de Relaciones Interiores y Exteriores, periódicos de la época y textos de José María Luis Mora. Aunque estos deben interpretarse con cautela, ya que reflejan la visión de quien promovió las reformas.
En cuanto a los primeros intentos de reforma educativa, la Constitución de 1824 ya establecía la educación como una facultad exclusiva del Congreso. Sin embargo, la implementación de un sistema educativo público fue un proceso complejo y tardó en concretarse. En el Distrito Federal, las reformas educativas de 1833 fueron impulsadas por Valentín Gómez Farías, quien sustituyó temporalmente a Antonio López de Santa Anna. A pesar de que las reformas fueron suspendidas en 1834, algunas instituciones, como el de Ciencias Médicas, sobrevivieron.
Los establecimientos de la reforma educativa
La creación de los seis establecimientos educativos requería ajustes en infraestructura y personal. El Establecimiento de Jurisprudencia, ubicado en el ex Colegio de San Ildefonso, fue dirigido por Juan José Espinosa de los Monteros. Fue apoyado por Simón de la Garza y González, un conocido académico del colegio. Los informes presentados por Espinosa indican que, aunque se establecieron planes educativos, aún faltaba consolidar la experiencia práctica de las reformas.
El financiamiento de las reformas fue otro desafío importante. Los recursos provinieron de diversos bienes públicos y de instituciones como el Colegio de San Ildefonso. El informe de 1834 muestra que el fondo de instrucción pública se utilizaba para pagar sueldos de profesores, mantenimiento de los edificios y otros gastos relacionados.
En cuanto al contenido educativo, el decreto de octubre de 1833 establecía varias cátedras en el Establecimiento de Jurisprudencia. Como Derecho Natural, Derecho Político Constitucional, Derecho Canónico y Derecho Romano, junto con asignaturas de ética, retórica y latinidad. Sin embargo, la falta de interés de los alumnos provocó que algunas de estas cátedras no tuvieran estudiantes. A pesar de ello, el periódico El Fénix de la Libertad publicó las listas de profesores y cátedras asignadas. Ofreciendo una visión sobre el desarrollo de este nuevo modelo educativo.
Mediante la ley del 23-octubre-1833 el presidente Gómez Farías estableció la libertad de enseñanza y establecimientos de instrucción pública pic.twitter.com/H04cdsLbOm
— Historia México (@historia_mexico) October 23, 2016

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