INPI exige a la SCJN respetar derechos indígenas
El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) hizo un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que respete los derechos de los pueblos indígenas en el marco de las controversias constitucionales que se analizan en torno a la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán.
El INPI expresó su preocupación por el riesgo de que la SCJN establezca un criterio que limite el derecho de libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas, o que invalide las medidas legislativas tomadas por el Congreso de Michoacán para fortalecer estos derechos.
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El INPI señaló que la libre determinación y autonomía de los pueblos indígenas, según la Declaración de las Naciones Unidas, implica el derecho a definir su “condición política” y a perseguir su “desarrollo económico, social y cultural”. Además, tienen derecho a la “autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales”, así como a “disponer de medios para financiar sus funciones autónomas”.
El INPI argumenta que las medidas que garantizan este derecho fundamental no perjudican a los pueblos indígenas, sino que responden a sus demandas históricas y luchas actuales. Además, considera que es “absurdo” que terceros ajenos a los pueblos indígenas puedan solicitar la invalidación de los avances legislativos logrados con esfuerzo.
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La SCJN debe garantizar los derechos indígenas
El INPI hizo un llamado a la SCJN para que reinterprete y armonice las normas constitucionales a fin de lograr cambios reales en la vida de las comunidades indígenas. En este sentido, el INPI citó un criterio de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que aboga por un régimen municipal diferenciado en los municipios con comunidades indígenas, permitiendo una nueva forma de organización, distribución de competencias y relación con las comunidades.
El INPI reconoció el importante criterio de la SCJN al hacer exigible la consulta previa, libre e informada. Sin embargo, advirtió que este derecho no puede ser superior a los derechos sustantivos, como la libre determinación y autonomía. El INPI hizo un llamado a la SCJN para que siga avanzando en un criterio de progresividad en materia de derechos indígenas y no invalide los avances logrados en Michoacán.
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