¿Declaración anual? ¡Ahorra en gastos médicos! El SAT te lo explica
¿Te toca presentar tu declaración anual este mes? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) te recuerda que puedes deducir ciertos gastos médicos para reducir tus ingresos acumulables y, en algunos casos, obtener una devolución.
¿Qué gastos médicos puedes deducir?
- Consultas y tratamientos: Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.
- Hospitalización: Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Servicios auxiliares: Honorarios a enfermeras, análisis, estudios clínicos y prótesis.
- Aparatos médicos: Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación del paciente.
- Lentes graduados: Lentes ópticos graduados.
- Seguros médicos: Primas por seguros de gastos médicos.
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¿Para quiénes son deducibles estos gastos?
- Para ti mismo: Puedes deducir estos gastos para ti mismo.
- Para familiares directos: También puedes deducirlos para tu cónyuge, concubino(a), padres, abuelos, hijos y nietos, siempre que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.
¿Qué requisitos debes cumplir?
- Conservar facturas: Debes contar con facturas emitidas por profesionales de la salud y haber pagado los gastos mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito/débito.
- Dependencia económica: En el caso de familiares directos, debes comprobar su dependencia económica.
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Otros gastos deducibles:
- Gastos funerarios
- Donativos: Donativos no onerosos ni remunerativos autorizados por la SHCP (hasta el 50% de tu ingreso).
- Seguros para pensión y acciones de inversión: Primas de seguros para pensión y acciones de sociedades de inversión mantenidas en el banco.
- Colegiaturas: Hasta 14 mil pesos en bachillerato.
- Transporte escolar: Obligatorio por las escuelas.
- Gastos por salud por incapacidades o discapacidades: Mayores al 50% de la capacidad normal y con certificado del Sistema Nacional de Salud.
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Recuerda:
- Consulta la página del SAT: https://www.sat.gob.mx/ para más información sobre deducciones y declaración anual.
- Presenta tu declaración a tiempo: El plazo vence el 30 de abril de 2024.

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