AMLO publica reforma a la Ley de Amparo que prohibirá suspensiones de reformas o leyes generales
El presidente Andrés Manuel López Obrador ha promulgado una reforma a la Ley de Amparo que modificará significativamente el proceso judicial en México. Esta reforma, que entrará en vigor este sábado, prohíbe a los jueces federales otorgar suspensiones provisionales que frenen la entrada en vigor de reformas o leyes de aplicación general.
La modificación afecta los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, que regulan la suspensión del acto reclamado y la impugnación de normas generales por inconstitucionalidad, respectivamente. Anteriormente, los jueces podían conceder suspensiones para mantener las cosas en su estado actual mientras se resolvían los juicios de amparo, especialmente en casos que involucraban derechos humanos o intereses sociales de importancia.
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Sin embargo, la nueva reforma elimina la posibilidad de conceder suspensiones con efectos generales. El artículo 129, que permitía excepciones para casos de interés social, ha sido abolido. Esto significa que las suspensiones otorgadas solo beneficiarán a los individuos que solicitan el amparo y no tendrán efectos generales que afecten a la sociedad.
El artículo 148 ha sido modificado para prohibir explícitamente la concesión de suspensiones con efectos generales en juicios que cuestionan la inconstitucionalidad de normas generales. Esta medida pretende evitar situaciones donde las suspensiones podrían generar tratamientos desiguales o mayores conflictos sociales.
La iniciativa de reforma surge en respuesta a diversas suspensiones otorgadas durante el actual gobierno federal, que han obstaculizado la implementación de políticas públicas clave. Como la eliminación de fideicomisos, la inclusión de menores en el Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19, y la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, entre otras.
Legisladores de Morena han respaldado esta reforma argumentando que las suspensiones con efectos generales pueden generar un daño mayor a la sociedad al permitir un trato diferenciado entre los ciudadanos.
A partir de la entrada en vigor de esta reforma, cualquier impugnación deberá ser presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dentro de los siguientes 30 días hábiles. La SCJN será la instancia encargada de evaluar la constitucionalidad de esta reforma y su impacto en el sistema judicial mexicano.

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